A raíz de la evidente crisis de la salud en Colombia, producto del fracaso del modelo impuesto con la ley 100 de 1993, recientemente en el Congreso de la República se han presentado diferentes iniciativas al respecto. Uno de estas, era el Acto Legislativo presentado por diferentes Representantes a la Cámara, por medio del cual se buscaba establecer el derecho a la salud como un derecho fundamental de todos los colombianos y colombianas.
A continuación reproduzco el texto del proyecto:
http://servoaspr.imprenta.gov.co:7778/gacetap/gaceta.mostrar_documento?p_tipo=890&p_numero=040&p_consec=33702
No obstante, al llegar a la plenaria de la Cámara, el proyecto fue hundido con una votación de 43 votos a favor y 49 en contra. La siguiente es la lista de los 49 Representantes a la Cámara que votaron para hundir el proyecto de reforma a la Constitución que establecía la Salud como derecho fundamental de los colombianos y colombianas:
A continuación reproduzco el texto del proyecto:
PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 040 DE 2012 CÁMARAEste corto proyecto, si bien era insuficiente, era un avance respecto a lo que debe ser la salud en Colombia. El proyecto fue aprobado en primer debate en Comisión Primera de Cámara. En el siguiente enlace podrán encontrar la ponencia positiva que fue aprobada en primer debate:
por el cual se adiciona un inciso al artículo once de la Constitución Política que eleva a derecho fundamental a la salud de todos los colombianos.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 11 de la Constitución Política de 1991 quedará así:
Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.
El servicio de salud es responsabilidad indelegable del Estado, no sometido a reglas de rentabilidad. Conforme a su capacidad económica, las personas contribuirán al sostenimiento del servicio en las condiciones que determine la ley. Podrán contratarse servicios hospitalarios o ambulatorios con empresas particulares. Estos serán definidos y regulados por la misma ley.
No habrá intermediación financiera en la administración de los recursos de la salud por particulares
Artículo 2°. Vigencia. El presente acto legislativo rige a partir de la fecha de su promulgación.
http://servoaspr.imprenta.gov.co:7778/gacetap/gaceta.mostrar_documento?p_tipo=890&p_numero=040&p_consec=33702
No obstante, al llegar a la plenaria de la Cámara, el proyecto fue hundido con una votación de 43 votos a favor y 49 en contra. La siguiente es la lista de los 49 Representantes a la Cámara que votaron para hundir el proyecto de reforma a la Constitución que establecía la Salud como derecho fundamental de los colombianos y colombianas:
